Resolución General 4721/2020

El 21 de mayo de 2020 se publicó en el B.O. la Resolución General 4721/2020 la cual establece que las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2019, de las personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en las Resoluciones Generales N° 975 y N° 2.151, sus respectivas modificatorias y complementarias, cuyos vencimientos operan durante el mes de junio de 2020, podrán cumplirse -en sustitución de lo previsto en la Resolución General N° 4.172 y sus modificatorias-, hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se indican a continuación:

Terminación CUIT, Fecha de presentación, Fecha de pago:

0, 1, 2 y 3: 24/07/2020, inclusive 27/07/2020, inclusive

4, 5 y 6: 27/07/2020, inclusive 28/07/2020, inclusive

7, 8 y 9: 28/07/2020, inclusive 29/07/2020, inclusive

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