El día 31 de marzo de 2020 se publicó en el B.O. la Resolución 695/2020 la cual establece que las empresas fabricantes, distribuidoras o comercializadoras de ventiladores mecánicos invasivos no podrán hacer entrega de unidades sin previa autorización expresa del MINISTERIO DE SALUD, independientemente de la existencia de orden compra, contrato u obligación de cualquier naturaleza que hubieran contraído las citadas; motivando lo establecido un criterio de distribución federal, la evolución de la pandemia de COVID-19 y la infraestructura disponible en los establecimientos de atención de la salud del sector público, privado, de la seguridad social, de los establecimientos de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y de las Universidades Nacionales.
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