Resolución 558/2020

El 3 de julio de 2020 se publicó en el B.O. la  Resolución 558/2020 la cual resuelve que los empleadores que hubiesen efectuado el pago total o parcial de haberes en forma previa a la percepción por parte de sus trabajadores dependientes del beneficio del Salario Complementario, instituido por el
Decreto No 332/2020 y sus modificatorios, y cuyo monto, sumado el pago del beneficio del Salario Complementario correspondiente al mismo mes de devengamiento, supere la suma que le hubiere correspondido percibir a cada trabajador por parte de su empleador, podrán imputar el excedente a cuenta del pago del salario correspondiente al mes siguiente.
Para acceder al texto completo hacer clic aquí. 

Adecra+Cedim es una Cámara pionera que protege y jerarquiza a las instituciones médicas privadas de todo el país.

Contacto

Montevideo 451, Piso 10º 1019ABI. CABA, Argentina

A.D.E.C.R.A + C.E.D.I.M. | Creado por OMATIC