El 6 de octubre de 2020 se publicó en el B.O. la Resolución 1643/2020 la cual determina que se considere como grupo de riesgo, en el marco de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 260/2020 y a los efectos de lo establecido en el artículo 3° de la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 627/2020 modificada por el artículo 1° de la Resolución de este Ministerio N° 1541/2020, sólo a las personas con
obesidad con IMC igual o superior a 35,0 kg/m2 (Obesidad Clase II y III).
obesidad con IMC igual o superior a 35,0 kg/m2 (Obesidad Clase II y III).
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