El 15 de octubre de 2021 se publicó en el boletín del INSSJP la Resolución 137/2021 la cual establece dos aumentos para los prestadores alternativos del Instituto, según Anexo A (IF-2021- 98684931-INSSJP-SE#INSSJP) que forma parte de la presente, el primero, del ocho por ciento (8%) a partir del 1º de septiembre de 2021 a ser aplicado sobre los valores vigentes a abril de 2021 y un segundo aumento del ocho por ciento (8%) a partir del 1o de noviembre, a ser aplicado sobre los valores de septiembre de 2021, supeditado este último al cumplimiento de la transmisión de las prácticas realizadas por parte de los prestadores conforme el Reglamento aprobado en el Art. 2o del presente.