Por intermedio de la Resolución 080/17 se establece que se deberá transferir a todos aquellos prestadores, con contrato suscripto antes del 24.05.17, el monto que resulta de calcular el VEINTE PORCIENTO (20%) de la cápita que les fuera asignada en el mes de mayo. Dicha transferencia tendrá como plazo máximo el día 23 de junio inclusive del corriente año. Se deberá Instruir a las UGlS, a que procedan a dar de baja a los prestadores que no hubieren suscripto sus respectivos nuevos contratos. Dicha baja será operativa a partir del 10 de junio de 2017, donde se prohibirá la emisión de órdenes de prestación en favor de dichos prestadores.