El 12 de mayo se publicó en el B.O. la Decisión Administrativa 763/2020 la cual exceptúa el cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, en los términos establecidos en la presente decisión administrativa, a las personas afectadas a las actividades, servicios y profesiones indicados en los ANEXOS I para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, II para la Provincia de Buenos Aires y III para la Provincia de Santa Fe, que forman parte integrante de la presente medida, y en los ámbitos geográficos allí establecidos para cada una de ellas.
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