El 7 de mayo de 2020 se publicó en el B.O. la Decisión Administrativa 729/2020 la cual exceptúa del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, en los términos establecidos en la presente decisión administrativa, a las personas afectadas a las actividades, servicios y profesiones indicadas en el ANEXO, y en los ámbitos geográficos allí establecidos para cada una de ellas.
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